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La
Ley de 1947 para la represión de la guerrilla se llamo
"de
represión del Bandidaje", precisamente, pero ya una circular
gubernativa
de
11 de abril de ese mismo año prohibía expresamente el empleo de las
expresiones
"guerrillero" o "guerrilla", obligando a
utilizarse las de
"bandolero"
y "bandolerismo". El término no fue pensado sólo para
disfrazar
la
verdadera naturaleza de la lucha armada antifranquista, sino que fue
pretendidamente
seleccionada para desacreditar a los guerrilleros,
reduciéndolos
a la categoría de vulgares delincuentes, enemigos de la
sociedad
y. por tanto, de aquellos que potencialmente podían ayudarles.
Esta
estrategia dio lugar, no obstante, a una flagrante paradoja pues,
cuando
las autoridades se referían a delincuentes comunes, llegaban a
manifestar
que no se trataban de "verdaderos bandoleros", queriendo
dar a
entender
entonces que a los que ellas llamaban así no eran ladrones ni
asaltadores
de caminos, con lo que inconscientemente le estaba dando un
contenido
político al concepto de "bandolero". Desde el propio
régimen se era
consciente,
pues, de que la guerrilla era una "lucha política y militar"
(como
se comprueba en algunos de los libros que sobre el maquis se han
escrito
desde esa posición por aquellos que participaron en la lucha contra
la
guerrilla).
REPORTAJE